El Gobierno amplía a 2 millones de euros por empresa el límite máximo de la bonificación al combustible
Se trata de que las empresas de transporte de mayor tamaño puedan acogerse a dichas ayudas al incrementarse sustancialmente el anterior límite establecido en 500.000 euros.
Entre las medidas económicas recogidas en el nuevo Decreto-Ley 20/2022 de medidas anticrisis, aprobado en diciembre como continuación de los aprobados los pasados meses de Marzo y Julio, se encuentra la nueva bonificación vía ayuda directa de hasta 20 céntimos por litro en los combustibles destinada exclusivamente al sector público del transporte por carretera, tanto de mercancías como de viajeros.
Al tratarse la nueva bonificación al sector del transporte de una ayuda directa, cuya gestión corresponderá a la Agencia Tributaria, está sujeta a los límites máximos impuestos por la Unión Europea derivados de la regulación sobre competencia, a fin de evitar una distorsión en el libre mercado pero compatibilizándolo a su vez con la necesidad de dar recursos públicos a las empresas “ante la escasez de liquidez a la que se enfrentan por las perturbaciones económicas que afectan a los Estados Miembros”.
Este límite máximo estaba establecido en 500.000 euros por empresa, un límite que, a pesar de ser una cantidad importante, ha despertado bastante recelo entre algunas grandes empresas de transporte, que han dado la voz de alarma por la posibilidad de quedarse fuera de dichas ayudas al haber superado los límites o estar próximos a ello.
Para despejar este posible agravio comparativo, la Comisión Europea ha notificado al Gobierno español la autorización para poder ampliar el límite máximo de ayudas a percibir por las empresas en la actual situación económica motivada por la guerra de Ucrania hasta los 2 millones de euros, lo que en la práctica dará cobertura a las empresas con mayor flota de transporte.
Eso sí, la autorización señala que en el caso de grupos empresariales, para el computo del límite de ayudas se tendrá en cuenta todas las ayudas que obtengan las empresas vinculadas o asociadas, esto es, con control sobre su accionariado o sobre sus órganos de dirección, por lo que en caso de que las ayudas concedidas a empresas asociadas superen la cantidad máxima, se repartirán de forma proporcional en función de la contribución a esta cifra, atendiendo al número y tipo de vehículos de cada empresa.
A partir del 31 de Enero, los solicitantes deberán presentar ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con carácter previo a la percepción de las ayudas, y hasta la finalización del plazo de vigencia de las ayudas una declaración responsable sobre las ayudas que hayan venido recibiendo en aplicación del Marco Temporal Europeo.